El consentimiento expreso. ¿Qué información hay que ofrecer a los interesados?

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) exige a las empresas y organismos que estén en contacto con datos personales, que recaben el consentimiento expreso de sus clientes para tratar y almacenar la información, consiguiendo la conformidad por cada una de las acciones para las que los va a utilizar.

La nueva normativa obliga a las empresas a redactar determinadas cláusulas informativas, usando un lenguaje claro y sencillo, en las que se informe para qué fines se utilizarán los datos recabados, el fundamento jurídico para el tratamiento, y si serán transferidos fuera del Espacio Económico Europeo. Además, las empresas tienen que informar durante cuánto tiempo se conservarán los datos, con quién se compartirán y los derechos de protección de datos.

¿Cómo usuario, todo esto, para qué va a servirme?

Como usuario debes tener claro que podrás retirar tu consentimiento en cualquier momento durante el tratamiento de tus datos personales o posteriormente. A partir de ahora, las empresas necesitan recabar nuestro consentimiento expreso para mantener nuestros datos y así poder seguir utilizándolos, nuestro poder como ciudadanos y como responsables de esos datos es el de decidir quién puede disponer de ellos y para qué. Si decides no renovar tu consentimiento, las compañías deben eliminar tus datos personales de sus bases de datos y, por supuesto, no utilizarlos.

Se debe comprobar que en las cláusulas proporcionadas por las empresas, se explique claramente qué tipo de datos se guardan y para qué fines específicos se utilizarán. No te pueden dar una autorización general, y tampoco solicitarla a través de formularios con casillas pre marcadas.

Una vez finalizada la relación contractual, y debido a distintas exigencias legales, las compañías pueden mantener los datos de carácter personal de sus antiguos clientes, pero siempre informando del plazo máximo.

Tenemos nuevos derechos

Junto con los derechos que ya conocíamos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, se regula el ya conocido derecho al olvido, se amplía el derecho a la portabilidad de los datos y se reconoce el derecho a la limitación en el tratamiento.

El derecho al olvido nos permitirá tener un mayor control sobre nuestros datos personales. Podremos, por ejemplo, pedir que se supriman los enlaces, copias o réplicas de los mismos, cuando estos atenten contra nuestro derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

Por otra parte, el derecho a la portabilidad permitirá a los ciudadanos europeos obtener los datos que ha proporcionado en un formato estructurado, de uso común y de lectura mecánica. De este modo, el usuario puede solicitar la transmisión de sus datos de una entidad a otra.

El derecho a la limitación del tratamiento permitirá solicitar a quien trata los datos que suspenda su uso, cuando los datos tratados no sean correctos (durante el tiempo en el que se procede al cambio), o cuando los datos ya no sean necesarios para el fin original, pero no puede ser borrados por motivos jurídicos.

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