La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha abierto un procedimiento sancionador contra el Ministerio de Sanidad y otro contra el Ministerio de Economía a causa de una posible vulneración del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) en la aplicación de rastreo del coronavirus, Radar Covid.

Radar Covid es la aplicación impulsada por el Gobierno durante el verano pasado para el rastreo de contactos del Coronavirus, tal y como hicieron otros gobiernos de países de la UE.

La implementación y su implantación fue un desastre: menos del 15% de los usuarios en España la instalaron, lo que la hacía prácticamente inútil para registrar casos positivos. Para ello, el Ejecutivo invirtió 3,2 millones de euros en esta aplicación, de los cuales 1,5 millones fueron a parar a partidas de márketing y publicidad para dar a conocer esta app. A todo ello se suma ahora una demanda con dos procesos sancionadores por violación del RGPD.

La pereza y los temores a la invasión de la privacidad han sido factores claros del rechazo al uso.

La apertura de los procedimientos sancionadores por parte de la AEPD responde a las reclamaciones de la ONG Rights International Spain y a la del director ejecutivo de la organización Reclamadatos, Pau Enseñat, dado que «se aprecian indicios racionales de una posible vulneración de la normativa en materia de protección de datos».

Sin embargo, en caso de que Protección de Datos de la razón a los demandantes, los ministerios simplemente recibirán un apercibimiento por parte de la agencia, pero en ningún caso se tratará de una multa o sanción económica, según establece el punto 2 del artículo 77 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

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