La UE sancionada por infringir su propia normativa de protección de datos. La Comisión Europea, conocida por imponer cuantiosas sanciones a grandes empresas tecnológicas por no cumplir las leyes de protección de datos, se encuentra ahora en el centro del debate tras ser multada por violar las mismas normativas que defiende. En un giro poco habitual, el Tribunal General de la UE ha determinado que la propia Comisión incumplió el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), lo que ha dado lugar a una sanción de 400 euros por daños y perjuicios a un ciudadano europeo.
Según detalla la sentencia, la infracción tuvo lugar cuando un ciudadano alemán utilizó la opción de «Iniciar sesión con Facebook» para registrarse en una conferencia en línea organizada por la Comisión Europea. En el proceso, la dirección IP del usuario fue transferida sin las medidas de seguridad adecuadas a Meta, una empresa con sede en los Estados Unidos. Este dato, clasificado como información personal sensible bajo la normativa europea, fue compartido de forma indebida.
El demandante alegó que esta acción le causó un «daño moral», ya que perdió el control sobre sus datos y vio vulnerados sus derechos y libertades. El tribunal aceptó su argumento, determinando que la transferencia fue contraria a las estrictas disposiciones del RGPD.
Esta decisión marca un precedente, al ser la primera vez que un órgano judicial de la UE sanciona a sus propias instituciones desde la entrada en vigor de esta normativa de protección de datos. Además, destaca la necesidad de que todas las entidades, incluidas las públicas, cumplan rigurosamente con las leyes diseñadas para proteger la privacidad de los ciudadanos.
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