Consultoría Prevención Blanqueo de Capitales
La LPBC establece una relación de sujetos obligados al cumplimiento de la misma. Se trata principalmente de profesionales y empresas cuyas actividades pueden verse implicadas dentro de un proceso de blanqueo de capitales.
Son muchos los sujetos obligados que conocen la existencia de la normativa, pero muy pocos los que han dado pasos para cumplirla.
DOCUMENTACIÓN PERSONALIZADA
Nuestro servicio de PBC te aporta el asesoramiento y herramientas necesarias para adecuar tus actuaciones a los requerimientos de esta ley.
MANUAL PREVENCIÓN BLANQUEO DE CAPITALES
Información completa sobre las medidas a tomar por el control interno de la entidad para la lucha contra la prevención del blanqueo de capitales.
REGISTRO SEPBLAC
Redacción y notificación de la propuesta de nombramiento de Representante ante el SEPBLAC y documento que acredite que el representante propuesto ante el SEPBLAC ha sido nombrado por el órgano de dirección del sujeto obligado.
NOTIFICACIONES Y SEGUIMIENTO DE OPERACIONES
Comunicación al SEPBLAC de cualquier hecho u operación, incluso la mera tentativa, respecto al que, tras un examen especial de la operación o de la situación, exista indicio o certeza de que está relacionado con el blanqueo de capitales.
AUDITORIA EXTERNA
Exámenes anuales efectuados por nuestros Expertos Externos en Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo acreditados por el SEPBLAC.
formación interna
Formación específica en Prevención de LPBC y Financiación del Terrorismo de acuerdo a la normativa vigente, para obtener un conocimiento de las exigencias
derivadas de la Ley.
asesoramiento jurídico
Asesoramiento permanente sobre la materia, actualización en caso de modificaciones normativas y respuesta ante los requerimientos e inspecciones del SEPBLAC.