Protección de Datos prohíbe a hoteles y alojamientos hacer copias del DNI

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha emitido esta semana una advertencia clara: los hoteles y alojamientos turísticos no pueden hacer ni conservar copias del DNI u otros documentos de identidad de sus clientes, salvo en situaciones muy concretas y justificadas por una obligación legal.

Esta práctica, habitual en muchos establecimientos durante el proceso de check-in, no está amparada por la normativa de protección de datos, ya que implica un tratamiento excesivo de información personal. La AEPD recuerda que la identificación de los huéspedes puede realizarse visualizando el documento original y registrando los datos necesarios, sin necesidad de realizar una copia física o digital del mismo.

¿Qué sí pueden hacer los alojamientos?

  • Solicitar el documento de identidad para verificar la identidad del cliente.
  • Recoger los datos mínimos exigidos por la normativa aplicable (por ejemplo, para comunicar a las fuerzas de seguridad la información obligatoria).
  • Conservar esos datos durante el tiempo estrictamente necesario.

¿Qué no está permitido?

  • Hacer o conservar una fotocopia o imagen del DNI (salvo en casos excepcionales, como la firma de un contrato con obligaciones legales específicas).
  • Utilizar el documento de identidad para fines distintos a los establecidos legalmente.

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