La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado con un apercibimiento a un abogado por tirar a la basura documentación de su despacho que contenía entre otros, escrituras, poderes notariales, sentencias de órganos judiciales, fotocopias de DNI de clientes y testamentos.

Este hecho supone una infracción tipificada en el Reglamento General de Protección de Datos, al no aplicar las medidas de seguridad adecuadas, técnica y organizativas apropiadas para evitar terceros accesos, y garantizar un nivel de seguridad adecuado. Si bien, la sanción ha quedado limitada a una simple amonestación al considerar que la multa administrativa que pudiera recaer con arreglo a lo dispuesto en el RGPD constituiría una carga desproporcionada para el reclamado, sobre el que no consta la comisión de ninguna infracción anterior en materia de protección de datos.

Este hecho fue descubierto por el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (SEPRONA), en la isla de Gran Canaria, al localizar junto a un contenedor de basura dos bolsas de plástico que contenían la documentación del despacho.

En consecuencia, la agencia impone al afectado la obligación de adoptar medidas necesarias y pertinentes, teniendo en cuenta el estado de la técnica, los costes de aplicación y la naturaleza, el alcance, contexto y finalidades del tratamiento de los datos, entre otros.

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