Las personas tienen derecho a solicitar, bajo ciertas condiciones, que los enlaces a sus datos personales no figuren en los resultados de una búsqueda en internet realizada por su nombre. Tienen derecho a limitar la difusión universal e indiscriminada de sus datos personales en los buscadores generales cuando la información es obsoleta o ya no tiene relevancia ni interés público, aunque la publicación original sea legítima (en el caso de boletines oficiales o informaciones amparadas por las libertades de expresión o de información).

¿Cómo puedo ejercerlo?

Los buscadores mayoritarios han habilitado sus propios formularios (Google,  Bing Yahoo) para recibir las peticiones de ejercicio de este derecho en este ámbito.

Los motores de búsqueda procederán a examinar el fundamento de la petición realizando una ponderación caso por caso para alcanzar un equilibrio entre los diferentes derechos e intereses, y valorando si la información objeto de la controversia es obsoleta y/o ya no tiene relevancia ni interés público.

A la recepción de la solicitud, el buscador envía una confirmación de la recepción, y posteriormente, la estimación o desestimación de la solicitud, acompañada de la información necesaria para recurrir ante la autoridad de protección de datos (AEPD) para que sea esta la que tutele su derecho.

¿La información desaparecerá de internet?

Sólo afecta a los resultados obtenidos en las búsquedas hechas mediante el nombre de la persona, sin que de ningún modo la consecuencia sea que la página web que contiene la información sea eliminada ni del buscador ni de la fuente original. El enlace que se muestra en el buscador sólo dejará de ser visible cuando la búsqueda se realice a través del nombre de la persona que ejerció su derecho. El resultado se seguirá mostrando cuando la búsqueda se realice por cualquier otra palabra o término distinta al nombre del afectado.

Origen del Derecho al Olvido

El origen efectivo de este derecho está en la lucha de un ciudadano español, que durante años ha estado enfrentándose a Google. En 1998, el diario La Vanguardia, publicaba unos embargos de la Seguridad Social frente a él, pagándolos poco después. Pero, no es, hasta 2009, cuando Mario se percata de que poniendo su nombre en Google aparece esta noticia, e inicia la batalla legal frente a Google y el periódico para que eliminen sus datos.

Tras pasar por la Agencia Española de Protección de Datos, y la Audiencia Nacional, es el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el año 2014, quien da la razón a Mario. La Sentencia obliga a Google a que desindexe (no relacione) la noticia del embargo, al introducir el nombre de Mario Costeja en el buscador de internet.

 

 

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